jueves, 17 de mayo de 2012

Formas de Reporte y Control

CRITERIOS: En cualquier falta del reglamento, de le dará aviso al padre o tutor del alumno(a), debiendo regresar firmado al dia siguiente la forma de reporte enviado. De igual manera se entregara un acuse de recibo a la persona que genera el reporte, para su conocimiento de la acción emprendida. Una copia del reporte firmada de recibida y enterado del padre o tutor. quedara archivada en el departamento de Trabajo Social, quedando ademas el registro del mismo en el sistema de computo de la Coordinación de Servicios Educativos Complementarios.

Kardex - Calificaciones

CRITERIOS: Mantener una comunicación mas eficiente sobre todo con los padres de familia de los alumnos con problemas de aprovechamiento escolar.

Generales: Queda  a criterio del programa que implementa Coordinación Académica y la de Servicios educativos complementarios (Prefectura y trabajo social de la escuela), el mantener una linea de comunicación con los padres de familia de los alumnos de bajo aprovechamiento,por lo que en su caso, podrán ser llamados a recibir mayor información del alumno(a) en relación a su desempeño escolar para la implementación de estrategias conjuntas que lleven a una posible recuperación de los estudiantes en este periodo.

ENTRADA A LA ESCUELA

OBJETIVOS.: De formacion disciplinaria y de respeto para los estudiantes.

Generales. El alumno(a) debera estar en formacion para ingresas a la escuela con 15min. (minimo) de anticipacion a su primera clase,debiendo estar dentro del plantel antes del timbre de entrada.
Debera portar su credencial para permitirle el acceso, asi como su agenda con fotografia diariamente.
Uniforme

Es nuestro distintivo escolar y nos genera la igualdad entre estudiantes. Representa la Secundaria Leyes de Reforma en cualquier parte.
Es una identificacion de los alumnos de nuestra escuela en donde quiera que lo porten. Las alumnas deberan usar jumper del color correspondiente del color correspondiente a su grado con camisa blanca,  el largo debera ir a la rodilla. Calzado negro tipo colegial y calcetas blan  

viernes, 4 de mayo de 2012

REGLAMENTO DE DISCIPLINA

Todas las faltas disciplinarias, irán descontándose de un total de 100 PUNTOS. Estos puntos son por los tres años.

Todos los alumnos tendrán este crédito de 100 PUNTOS, mismos que pueden irse reduciendo de acuerdo a las faltas que se lleguen a cometer. Al acumulare 50 PUNTOS, el alumno(a) quedará condicionado.


En todos los casos de reporte, se mantendrá un registro en prefectura y trabajo social se enviará un aviso al padre de familia con cause del recibo (firmado de enterado). A la persona que genera el reporte, se le dará una copia del mismo y de manera igual se mantendrá la copia firmada por el padre a los departamentos del trabajo social de la Institución.


 El departamento de trabajo social con el visto bueno de la dirección de la escuela, si el alumno (a) de tercer grado no se le entregará carta de buena conducta


































































































































































jueves, 3 de mayo de 2012

REGLAMENTO ESCOLAR



CAPÍTULO I
                                                    De los Derechos de los Estudiantes

Art. 1° Conocer y cumplir en su totalidad con el Reglamento Disciplinario.
Art. 2° Presentarse con el uniforme reglamentario, mantenerlo durante toda la jornada escolar y salir de la escuela portándolo adecuadamente. El uniforme escolar comprende tanto la vestimenta, como corte y color natural de cabello, forma de la ceja, uso del calzado correspondiente, la ausencia de aretes (barbilla, ceja, lengua, nariz y orejas, en los hombres), permanecer sin maquillaje, sin uñas postizas o pintadas, pulseras y lentes de contacto de color.
Art. 3° Contar oportunamente con el uniforme y útiles de estudio que les sean señalados como requeridos y/o indispensables.
Art. 4° Permanecer en la escuela durante todas las horas que le corresponde a su turno de estudio, salvo indicación de la autoridad correspondiente.
Art. 5° Asistir con regularidad y puntualidad a todas las clases y a las actividades extraescolares que se le determinen.
Art. 6° Comportarse respetuosa y disciplinadamente en todas las actividades escolares, durante los recesos y en el exterior de la escuela.
Art. 7° Cumplir con todas sus responsabilidades escolares tendientes al mejor aprovechamiento académico.
Art. 8° Cuidar la conservación y aseo del edificio, mobiliario, materiales escolares (tanto de la escuela como de compañeros), equipo deportivo, de laboratorio, talleres y otros.
Art. 9° Desempeñar eficazmente las comisiones (jefe de grupo, sociedad de alumnos, promotores escolares de salud y otras) que le sean encomendadas por las autoridades, prefectura, personal docente y trabajo social.
Art. 10° Pertenecer a las agrupaciones que funcionen en la escuela, con fines educativos o de servicio social.
Art. 11° Respetar, dentro y fuera del plantel, al personal que presta su servicio en la institución, así como, a sus compañeros.
Art. 12° Representar en forma digna a la institución en eventos cívicos, culturales y deportivos, siendo uno de los criterios de selección el mantener un promedio aprobatorio en todas las materias.
Art. 13° Participar en los Honores a la Bandera con una actitud de respeto y orden.

Art. 14° Cubrir los daños cuando así lo ameriten por perjuicio causado al plantel o a terceras personas, independientemente de la sanción.

Art. 15° Denunciar en forma inmediata ante prefectura los actos que perjudiquen a terceras personas, el prestigio, el servicio o las instalaciones de la institución.
Art. 16° En las inasistencias a clases, deberá acudir el progenitor o el tutor a solicitar el justificante correspondiente, durante las dos primeras horas de la jornada ante trabajo social o prefectura.
Art. 17° Los alumnos que se retiren de la escuela, deberán tener el pase autorizado por prefectura o trabajo social.
Art. 18° Saber con relación a las inasistencias y retardos que:
a) Son inasistencias, la ausencia total a la clase; pueden ser o no justificadas.
b) Las faltas justificadas no afectan la evaluación, pero pueden contabilizarse en la boleta apareciendo el número encerrado en un círculo.
c) Se considera retardo a la asistencia a clases después de que ha llegado el profesor al aula (de la 2º a 7º hora), después del pase de lista o hasta 10 minutos de iniciada la clase (en la primera hora).
d) Cada tres retardos equivale a una falta, o de acuerdo al criterio del profesor.
e) Con el 30% de faltas injustificadas, perderá la acreditación del bimestre.
f) Sólo se justifica la falta cuando el progenitor o el tutor acude a solicitarla, debiendo presentar un documento que lo compruebe (en caso de salud o participación en un evento determinado, y cuando sea por más de tres días). Las solicitudes por teléfono, recado o a través de otra persona que no sea el padre, madre o tutor, serán negadas.
g) En la semana anterior o posterior de un periodo vacacional, sólo se expedirán justificantes cuando el motivo sea de salud, presentando el comprobante médico correspondiente, quedando bajo la responsabilidad del interesado el ausentarse por algún motivo diferente a éste.
h) Cuando se solicita un justificante, el estudiante tiene la responsabilidad de presentar las tareas o los trabajos que se realizaron en su ausencia. Por otra parte, el derecho de presentar los exámenes quedará a criterio del profesor.
i) El proceso de justificación de una inasistencia inicia con el padre o tutor hacia trabajo social o prefectura, de esta instancia hacia el jefe de grupo y, de éste, con cada docente.

Art. 19° Está prohibido el uso y/o portación de teléfonos celulares, disckman, gameboy, cámaras fotográficas, mp3 o cualquier otro aparato electrónico o digital, siendo confiscados por el personal de la escuela (aún durante receso o en “horas libres”). El periodo de retención será mínimo de un mes, al finalizar el mismo, el progenitor o tutor requerirá presentarse con los directivos para que le sea entregado el aparato y comprometerse a cumplir con este lineamiento. Además, la institución no se hace responsable del robo o extravío de los mismos.

Art. 20° Presentarse sin portar joyas, dinero en exceso u otros objetos valiosos. En cuanto a traer balones, sólo será permitido cuando el Profesor de Educción Física lo solicite.

Art. 21° Ningún estudiante tiene permitido invitar o recibir a personas ajenas a la institución en las instalaciones de este plantel.

Art. 22° Notificar oportunamente los cambios de domicilio o de teléfono, así como, informar si el estudiante presenta necesidades educativas especiales, para ser atendido por la Unidad de Apoyo Psicopedagógico.

CAPÍTULO II

De los Derechos de los Estudiantes

Art. 1° Ser recibidos en la entrada del plantel por prefectura 10 minutos antes del inicio de su primera clase del día.
Art. 2° Recibir un trato justo y respetuoso por los docentes y demás miembros del personal.
Art. 3° Hacer uso de instalaciones limpias y de equipo funcional con el que cuenta la institución, cuando sea requerido.
Art. 4° No ser agredido, ni verbal ni físicamente, por ningún miembro de la comunidad escolar.
Art. 5° Solicitar justificación de sus inasistencias cumpliendo con los requisitos correspondientes.
Art. 6° Ser informado cuando se le sancione, así como, solicitar aclaración de la sanción, apelando su actitud de asumir la responsabilidad de sus actos y de honestidad, y no como una estrategia de deslindarse de sus acciones.
Art. 7° Desempeñar puestos de representación estudiantil.
Art. 8° Tener igualdad de oportunidades para desarrollar su proceso educativo.
Art. 9° Participar de acuerdo a sus aptitudes o aficiones en las diversas actividades que la institución programe (académicas, cívicas, culturales, sociales, deportivas, entre otras.).
Art. 10° Presentar sugerencias o peticiones de forma respetuosa ante la autoridad, ya sea verbal o por escrito, individual o colectivamente.
Art. 11° Recibir del personal docente y asistencia educativa el apoyo necesario para resolver sus problemas académicos y de conducta, sin deslindarse de su participación.
Art. 12° Obtener su credencial escolar que lo acredite como alumno.
Art. 13° Que le sean entregados sus exámenes escritos y que se le de a conocer el sistema de evaluación que el profesor utilizará en la materia que imparte.
Art. 14° Solicitar revisión de sus evaluaciones, cuando estén inconformes con la calificación que se le asigne.
Art. 15° Contar con instalaciones decorosas.


CAPÍTULO III

De la Disciplina

Art. 1° Será objeto de sanción las faltas a la disciplina escolar y los hechos individuales y/o colectivos que representen falta de respeto a los símbolos patrios, los que lesionen la salud física, psico-emocional y moral de las personas, y los que atenten contra la integridad de la institución educativa.
Art. 2° Las conductas que se sancionarán son las siguientes:
a) Burla, ofensa, amenaza, maltrato, humillación, agresión y/o violencia a otros miembros de la comunidad escolar o personal ajeno que concurra al plantel.
b) Falta de respeto a los símbolos patrios y desorden durante los Honores a la Bandera.
c)Actitudes que entorpezcan las actividades docentes.
d) Robo, destrucción o deterioro de los bienes de los miembros de la comunidad o del plantel educativo, así como, actos de vandalismo.
e)Actos que perjudiquen el buen nombre de la escuela.
f)Alteración, falsificación o sustracción de documentos escolares.
g) Conducta indigna expresada en el rayado, grabado, pintura o escritura en cualquier parte del edificio o mobiliario.
h) Portar sustancias tóxicas enervantes para el consumo personal o para inducir a otros al mismo.
i) Portar y/o usar armas de fuego u objetos punzo-cortantes.
j) Saltarse las bardas, entrar o salir por la puerta de la Unidad de Consumo.
k) Inasistencia a clases sin justificación, permaneciendo en la escuela o saliéndose de ella.
l) Entrar tarde a clases o salirse continuamente de éstas.
m) Tirar basura.
n) Portar el uniforme inapropiadamente: camisa desfajada; ausencia de cinto; vestido corto y angosto; portación de calzado inapropiado; short demasiado corto; aretes o piercings; cabello largo (hombres) o alteración de su coloración con sustancias químicas o naturales, así como uso de postizos; lentes de contacto de color; uñas largas, pintadas y postizas; ceja sacada.
o) Portar y/o usar celulares y/o aparatos electrónicos o digitales en la escuela (dentro o fuera de clases), salvo que vayan a ser usados en con fines didácticos y con previa solicitud a los directivos del permiso apropiado (tramitado por el docente).
p) Participar en juegos de azar.
q) Desobedecer las indicaciones dadas por algún miembro del personal de la escuela.
r) Aventar objetos con o sin intención de dañar o golpear a alguien o a algo, ya sean propios o ajenos, o que se encuentren en la escuela. También incluye, golpearse entre compañeros con toallas pequeñas (que generalmente utilizan para secarse el sudor).
Los padres, madres o tutores tienen el compromiso de interesarse por la conducta de su hijo/a y participar en la mejora de la misma, por lo que podrán solicitar una cita para ser atendidos en el transcurso del ciclo escolar, aunque no reciban una amonestación escrita o un citatorio.
Los padres, madres o tutores de los estudiantes quienes presenten de 4 a más materias reprobadas en el bimestre, asistirán obligatoriamente a Talleres Mensuales, hasta que su hijo/a mejore su aprovechamiento escolar.<>



CAPÍTULO IV



De la aplicación de las sanciones 

Las sanciones aplicables a los alumnos, de acuerdo con la infracción cometida, serán las siguientes:

    a)  Amonestación verbal y/o asesoría en privado por parte de la instancia correspondiente (docente, tutor, prefecta, trabajo social, subdirector, director).

b) Anotación de deméritos o reportes en el expediente del alumno.

    c) Amonestación por escrito dirigido a los padres, madres o tutores, en donde se comenta la acumulación de reportes o la reincidencia de alguna falta; se puede entregar durante el ciclo escolar o al finalizar éste.

d) Llamado a quienes ejercen la patria potestad por parte del docente, tutor, prefectura o trabajo social, en acuerdo con el subdirector (dependiendo del caso), para convenir conjuntamente con el alumno en las necesidades disciplinarias que deberán adoptarse. 

     e) Separación de una clase o actividad, o de todas hasta por tres días hábiles, dispuesta por la dirección con aviso al padre o tutor con la obligación del alumno a permanecer en el plantel sujeto al desempeño de comisiones o servicios comunitarios que le asigne la parte directiva o de asistencia educativa.

    f) Suspensión de uno hasta 10 días, a ser cumplidos en su casa, determinados por el cuerpo directivo o el Consejo Técnico Escolar, con aviso a los progenitores o tutor, con la obligación del estudiante a sujetarse a las condiciones de evaluación que sean procedentes para regular su situación escolar.

g) Firma del Convenio de Condicionamiento, con estrategias a cumplir por parte del estudiante y sus progenitores, para mejorar su desempeño y actitud escolar. Este se puede realizar a inicio y durante el ciclo escolar, con la duración de un año.

h) Expulsión definitiva de la escuela determinada por la dirección y/o Consejo Técnico Escolar de acuerdo con los argumentos y pruebas presentadas.

g) En la aplicación de sanciones a los estudiantes, deberán tomarse en cuenta que estén en razón directa de la necesidad que haya de salvaguardar el ambiente de armonía y trabajo del plantel. Por lo tanto, las sanciones evitarán aplicarse con violencia y no se tendrán como únicos recursos para lograr la disciplina escolar.

Art. 2° Los estudiantes con problemas de disciplina serán valorados periódicamente y de acuerdo a su caso, se podrán determinar acciones que se refieren a su permanencia en la escuela, firma de convenio de condicionamiento, asistencia obligatoria con un especialista, comunicación continua con los progenitores. 

Art. 3° A los estudiantes que presenten problemas de conducta se les podrá negar su carta de buena conducta y/o solicitarles la realización de servicio comunitario para obtener una carta de conducta regular, esta decisión se tomará dependiendo del caso.



                                                                    CAPÍTULO V

Del uso de los puntos



Art. 1° A cada estudiante se le otorgan 100 puntos al inicio de cada ciclo escolar, mismos que irán disminuyendo conforme a las sanciones que se vaya haciendo acreedor.

Art. 2° El estudiante tendrá derecho a apelar su falta, sin que esto sea una estrategia para deslindarse de la responsabilidad de sus actos.

Art. 3° Cuando al estudiante se le hayan descontado seis puntos, se citará al padre, madre o tutor para informar y prevenir acciones semejantes. Este citatorio es por acumulación de puntos y es a parte de los citatorios que realicen los docentes.

Art. 4° Al perder 10 puntos, el estudiante se hará acreedor a la suspensión de un día, con el aviso al padre, madre o tutor. 

Art. 5° Después de la tercera reincidencia en la misma falta o semejante, se merecerá la suspensión de un día aunque no acumule diez puntos.

Art. 6° Al reincidir con cualquier tipo de falta después de tener antecedentes de haber sido suspendido, la posterior suspensión aumentará en días, pudiendo ser de dos a 10 días hábiles, dependiendo de la magnitud de la falta. 

Art. 7° Al perder 16 puntos, el estudiante y su padre, madre o tutor, deberán firmar el Convenio de Condicionamiento para comprometerse a cumplir con acciones que permitan mejorar su desempeño y actitud en la escuela. 

Art. 8° El cuerpo directivo o el Consejo Técnico Escolar determinarán la baja del estudiante que haya agotado 50 puntos, o según corresponda a la situación que así lo amerite.

Art. 9° Los actos considerados como faltas mayores, serán atendidos por los directivos o el Consejo Técnico Escolar y podrán ser notificados a las autoridades municipales o instituciones correspondientes, pudiendo ser causa de baja inmediata.



PARA LAS FALTAS NO PREVISTAS EN ESTE REGLAMENTO, EL CUERPO DIRECTIVO O EL CONSEJO TÉCNICO DETERMINARÁN EL PUNTAJE Y LA SANCIÓNCORRESPONDIENTE.